¿Cuáles son nuestros derechos como ciudadanos?
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Primero que todo debemos definir la palabra "Ciudadano"
El ciudadano es un habitante sujeto de derechos, bien sea porque nació dentro de un territorio.
La categoría de ciudadano se gana, es una conquista. No es lo mismo residir en la ciudad que vivir en ella. Lo primero se refiere a tener la urbe como el lugar donde se puede estudiar, trabajar, divertirse y acceder a sus servicios, pero sin establecer ningún tipo de acercamientos a sus dinámicas sociales, culturales o políticas; lo segundo, está orientado a comprometerse en su construcción social, política y cultural.
Derechos De Los Ciudadanos
Aqui una lista de los derechos esenciales del ciudadano
* Derecho al lugar.
* Derecho al espacio público y monumentalidad.
* Derecho a la identidad colectiva dentro de la ciudad.
* Derecho a la ciudad.
* Derecho al acceso y uso de las nuevas tecnologías de información.
* Derecho a la innovación política.
* Derecho al empleo y salario ciudadano.
* Derecho a la calidad del medio ambiente.
* Derecho al mismo estatus político y jurídico de ciudadano.
* Derecho a la igualdad en el acceso de la información.
* Derecho a desarrollar una identidad colectiva.
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¿Pero que nos dice cada uno?
Derecho al lugar.
La gente tiene derecho a mantener su residencia en el lugar donde tiene sus relaciones sociales, en sus entornos significantes. O a tener otro de su libre elección. Todas las personas que viven en un lugar que han contribuido a construir, en el que están arraigadas y que proporciona sentido a su vida, deben poder continuar viviendo en él y tienen derecho al re-alojo en la misma área si esta se transforma por medio de políticas de desarrollo urbano o de rehabilitación de hábitats degradados o marginales. Las autoridades locales protegerán a las poblaciones vulnerables que puedan sufrir procesos de expulsión por parte de las iniciativas privadas.
Derecho al espacio público y monumentalidad.
La ciudad es hoy un conjunto de espacios de geometría variable y de territorios fragmentados (física y administrativamente), difusos y privatizados. El espacio público es una de las condiciones básicas para la justicia urbana, un factor de redistribución social, un ordenador del urbanismo vocacionalmente igualitario e integrador. Todas las
zonas de la ciudad deben estar articuladas por un sistema de espacios públicos y dotadas de elementos de monumentalidad que les den visibilidad e identidad. Ser visto y reconocido por los otros es una condición de ciudadanía.
Derechos de autor:
Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular.
Concejalía de Educación
Departamento de Programas Educativos
Jordi Borja.
Derecho a la identidad colectiva dentro de la ciudad.
La organización interna del espacio urbano debe facilitar la cohesión sociocultural de las comunidades (barriales, de grupos de edad, étnicas, etc.). La integración ciudadana es mas factible si las personas están también insertas en grupos referenciales próximos. La ciudadanía es pluridimensional y requiere de integraciones colectivas múltiples, bien para adherir, o participar o confrontarse. Para los “excluidos” la integración grupal conflictiva es indispensable para conseguir su reconocimiento.
Derecho a la ciudad.
Es uno de los intentos más consistentes, y a la postre, más exitosos del hombre, de rehacer el mundo en el que vive a partir de sus anhelos más profundos. Si la ciudad, en todo caso, es el mundo que el hombre ha creado, es también el mundo en el que está condenado a vivir. Así, de manera indirecta y sin una conciencia clara de la naturaleza de su tarea, al hacer la ciudad, el hombre se ha rehecho a sí mismo.
El derecho a la ciudad no es simplemente el derecho de acceso a lo que ya existe, sino el derecho a cambiarlo a partir de nuestros anhelos más profundos. Necesitamos estar seguros de que podremos vivir con nuestras creaciones (un problema para cualquier planificador, arquitecto o pensador utópico). Pero el derecho a rehacernos a nosotros mismos creando un entorno urbano cualitativamente diferente es el más preciado de todos los derechos humanos.
El enloquecido ritmo y las caóticas formas de la urbanización a lo largo y ancho del mundo han hecho difícil poder reflexionar sobre la naturaleza de esta tarea. Hemos sido hechos y rehechos sin saber exactamente por qué, cómo, hacia dónde y con qué finalidad Las ciudades están lejos de ofrecer condiciones y oportunidades equitativas a sus habitantes.
Referencias
Fuente:
La población urbana, en su mayoría, está privada o limitada -en virtud de sus características económicas, sociales, culturales, étnicas, de género y edad- para satisfacer sus más elementales necesidades y derechos. Contribuyen a ello las políticas públicas, que al desconocer los aportes de los procesos de poblamiento popular a la construcción de ciudad y de ciudadanía, violentan la vida urbana. Graves consecuencias de esto son los desalojos masivos, la segregación y el consecuente deterioro de la vivencia social.
Las Ciudades constituyen potenciales territorios con gran riqueza y diversidad social, económica, ambiental, política y cultural
El modo de vida urbano determina – de cierta manera- nuestros vínculos con nuestros semejantes y con el territorio
Los modelos de desarrollo se han caracterizado por una excesiva concentración de la riqueza y del poder generando pobreza y exclusión, deterioro del ambiente, segregación social y espacial, deterioro de la convivencia social y la privatización de los bienes comunes y del espacio público
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Derecho al acceso y uso de las nuevas tecnologías de información.
Las administraciones públicas no solo deben proteger y garantizar este derecho sino también utilizar las TIC (tecnologias de información y comunicación) para democratizar realmente al acceso de todos a los servicios de interés general. Derecho al uso social de las actuales tecnologías de información y comunicación, especialmente en las relaciones con las Administraciones públicas (p.ej. ventanilla única). Barrios y viviendas tienen, todos, derecho al cableado.
Derechos de autor:
Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular. Concejalía de Educación
Departamento de Programas Educativos
Jordi Borja.
Derecho a la innovación política.
Los gobiernos locales y regionales deben recoger las demandas sociales para innovar en cuanto a sistemas electorales, mecanismos de participación, instrumentos de planeamiento y de gestión, etc. P.ej. el planeamiento estratégico es una innovación política aun no recogida por el derecho público. Las relaciones entre Administraciones y entre actores públicos y privados deben incorporar cada vez más formas contractuales y no únicamente jerárquicas o compartimentadas.
Derecho al empleo y salario ciudadano.
Derecho A Un Empleo:
El derecho al trabajo es un derecho humano consagrado, tanto en su dimensión individual como colectiva, en múltiples instrumentos del sistema internacional de los derechos humanos. La Constitución Política colombiana de 1991 reconoce también el trabajo como principio, como deber y como derecho.
A partir del sistema normativo internacional y nacional constitucional se presenta un concepto de trabajo que, desde una perspectiva de derechos humanos, debe ser digno. En esta dirección, con base en lo señalado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en la Observación General No.18 sobre el derecho al trabajo, se identifica el contenido básico de este derecho y se refieren algunas obligaciones jurídicas del Estado para su efectiva realización.
El derecho al trabajo o empleo revisando y profundizando un poco mas se divide en 3 componentes basicos:
1 Disponibilidad
2 Accesibilidad
3 Aceptabilidad y Calidad
Explicacion de cada concepto superficialmente
Dispoibilidad: Este punto se refiere específicamente a que el Estado debe contar con “servicios especializados que tengan como función orientar y apoyar los individuos para permitirles identificar el empleo disponible y así acceder a él.
El derecho al trabajo nos dice que deberá ser de libre escogencia o al menos aceptado; esto nos dice que cada individuo podrá contar con la libertad de escoger el trabajo que va a desarrollar o que acepte libremente el trabajo que se le es ofrecido.
Accesibilidad:
Esta se refiere a que el mercado de trabajo o las opciones del mismo sean accesibles a todas las personas, sin ningun tipo de discriminación y con igualdad de oportunidades.
Esto implica que no se debe realizar ningun tipo de discriminación en el acceso al empleo y en la conservación del mismo por motivo discriminativo como: raza, color, sexo, orientación sexual, idioma, religión, opinión politica, origen nacional o social.
Aceptabilidad y Calidad:
Estas significan la garantizacion del derecho a condiciones justas, equitativas y satisfactorias en el trabajo. Esto nos dice que el Estado debe garantizar a todas las personas su derecho a condiciones adecuadas en el trabajo. Estas condiciones deben respetar los derechos humanos de las minorias, grupos especificos y sujetos de especial atención.
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Derecho A Un Salario:
El salario minimo es la minima remuneración a la que tiene derecho todo trabajador, con el cual ha de suplir sus necesidades basicas tanto suyas como las de su familia, el cual se a fijado en $ 496.900 para el presente año 2009
La ley busca garantizar que el trabajador reciba como contraprestación por su trabajo, lo minimo necesario que le permita subsistir con su familia en condiciones dignas.
Pero el objetivo del salario minimo es garantizar el cubrimiento de las necesidades basicas en referencia a la alimentación, educación, salud, vivienda, vestuario y recreación de un trabajador, indudablemente que no cumple estos objetivos, puesto que con el valor de ese salario minimo no es posible cubrir todas las necesidades.
La ley [Art. 146, Código sustantivo del trabajo] establece que para la fijación del salario minimo se deben tener en cuenta factores como: costo de vida, modalidades de trabajo, capacidad economica de las empresas y las condiciones de cada region o actividad economica.
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Derecho a la calidad del medio ambiente.
Como derecho a una calidad de vida integral y como derecho a preservar para las generaciones futuras. Este derecho incluye el uso de los recursos naturales y energéticos, el patrimonio histórico-cultural y la protección frente a las agresiones a la calidad del entorno (contaminaciones, congestiones, suciedad, fealdad, etc.).
“El Principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro sobre medio ambiente y desarrollo establece que el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados. Para ello todas las personas deberán tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones.
Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y la ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.”
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Muchas veces nuestros derechos los vemos afectados por otras personas o casi siempre por nosotros mismos.

Derecho al mismo estatus político y jurídico de ciudadano.
Y por lo tanto igualdad de derechos y responsabilidades. La ciudadanía debe distinguirse de la nacionalidad (que en el marco de la globalización y de las uniones políticas supraestatales debe perder su actual carácter absoluto es decir la facultad de proporcionar un estatuto diferenciado). Es la relación con un territorio - con un entorno social lo que debe determinar el estatuto legal.
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Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular. Concejalía de Educación
Departamento de Programas Educativos
Jordi Borja.
La Corte Constitucional, determina el ejercicio individual y colectivo al voto, el cual está sujeto a las condiciones establecidas en la ley. En las democracias se precisa de condiciones, a fin de garantizar que la decisión contenida en el voto sea la genuina expresión de la voluntad individual y no el producto del ejercicio de poderes sobre la persona. Así se busca en un Estado Social de Derecho rodear de garantías el ejercicio libre al voto y de esa manera se alcanza la condición de transparencia máxima en el proceso electoral.
Así mismo, la Corte insiste en que la libertad del elector constituye un elemento integrante del núcleo esencial del derecho fundamental del voto, y la posibilidad de «escogencia en forma libre de la mejor opción para el elector» constituye una parte del contenido sustantivo de la conducta protegida constitucionalmente.
En consecuencia, el derecho a elegir y ser elegido permite a los ciudadanos participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.
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Derecho a la igualdad en el acceso de la información.
Derecho a desarrollar una identidad colectiva.

La organización interna del espacio urbano debe facilitar la cohesión sociocultural de las comunidades (barriales, de grupos de edad, étnicas, etc.). La integración ciudadana es mas factible si las personas están también insertas en grupos referenciales próximos. La ciudadanía es pluridimensional y requiere de integraciones colectivas múltiples, bien para adherir, o participar o confrontarse. Para los “excluidos” la integración grupal conflictiva es indispensable para conseguir su reconocimiento.
Derechos de autor:
Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular. Concejalía de Educación
Departamento de Programas Educativos
Jordi Borja.
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